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niño jugando con burbuja

Quien es elegible

Programa de Comienzo Temprano de California

ELEGIBILIDAD:

  • Niños desde el nacimiento hasta los 3 años.

  • Residentes de San Diego o del Condado de Imperial.

  • Retraso en el desarrollo en una o más de las siguientes cinco áreas: cognitiva; Comunicación; Social/Emocional; Físico; Adaptado.

  • 25% de retraso en al menos un área de desarrollo.

  • No se necesitan calificaciones financieras.

O

  • Riesgo establecido de discapacidad del desarrollo: afecciones que se sabe que causan retrasos en el desarrollo (p. ej., síndrome de Down, Prader-Willi, espina bífida). El niño no necesita estar demostrando retrasos en el momento de la derivación.

O

  • En riesgo de discapacidad del desarrollo (dos o más factores):

    • Menos de 32 semanas de gestación y/o peso al nacer menor de 1500 gramos.

    • Ventilación asistida durante 48 horas o más durante los primeros 28 días de vida.

    • Pequeño para Edad gestacional.

    • Asfixia neonatal.

    • Convulsiones metabólicas severas y persistentes durante los primeros 3 años de vida.

    • Convulsiones neonatales o convulsiones no febriles durante los primeros 3 años de vida.

    • Lesión o anomalía del SNC.

    • Infección del SNC.

    • Injuria biomédica (lesión, accidente o enfermedad) que puede afectar el resultado del desarrollo.

    • Múltiples anomalías congénitas.

    • Exposición prenatal a teratógenos.

    • Exposición prenatal a sustancias, examen toxicológico positivo o abstinencia.

    • Retraso de crecimiento clínicamente significativo.

    • Hipertonía o hipotonía persistente.

O

  • El padre del bebé/niño pequeño es una persona con una discapacidad del desarrollo.

 

SERVICIOS:

Evaluación en las cinco áreas de desarrollo para determinar la elegibilidad. Desarrollo de un Plan de Servicio Familiar Individualizado (IFSP), incluida la planificación de la transición a los 3 años. Coordinación de los servicios requeridos de Intervención Temprana basados en las necesidades del niño. Los servicios pueden incluir: tecnología de asistencia; Servicios de audiología; Capacitación Familiar, Consejería, Visitas Domiciliarias; Servicios de salud; Servicios Médicos (evaluaciones para servicios de intervención temprana); Servicios de Enfermería; Servicios de Nutrición; Terapia ocupacional; Terapia física; Servicios Psicológicos; Coordinación de Servicios; Servicios de lenguaje de señas/lenguaje con claves; Servicios de Trabajo Social; Instrucción especial; Patología del Habla y del Lenguaje; transporte y costos relacionados; Servicios de la vista.

pareja paseando a un perro en el bosque juntos

Centro Regional de San Diego (de 3 años en adelante)

​ELEGIBILIDAD

  • Residente de San Diego o del Condado de Imperial.

  • No se necesitan calificaciones financieras.

  • La discapacidad del desarrollo:

    • Discapacidad intelectual: cuando una persona tiene ciertas limitaciones en la función mental y las habilidades de adaptación. Las limitaciones harán que un niño aprenda y se desarrolle más lentamente que un niño típico.

    • Parálisis cerebral: un trastorno que afecta el movimiento del cuerpo y la coordinación muscular. Puede ser causado cuando el cerebro no se desarrolla correctamente durante el embarazo o si hay daño en el cerebro antes, durante o después del nacimiento.

    • Epilepsia: trastorno neurológico que se caracteriza por convulsiones recurrentes. Las convulsiones pueden implicar pérdida parcial o total del conocimiento, movimientos corporales incontrolados, somnolencia excesiva y pérdida de la memoria.

    • Autismo: es un trastorno que afecta la capacidad de una persona para comunicarse, comprender el lenguaje, jugar y relacionarse con los demás. 

    • Otras condiciones que se encuentren estrechamente relacionadas con una discapacidad intelectual o que requieran un tratamiento similar al requerido para las personas con una discapacidad intelectual.

Y

  • Originado antes de los 18 años.

Y

  • Es probable que continúe indefinidamente.

Y

  • Constituye una discapacidad sustancial en tres o más de las siguientes áreas: comunicación; aprendiendo; autodirección; capacidad para la vida independiente; autosuficiencia económica; cuidados personales; movilidad.

 

SERVICIOS:

Evaluación durante el proceso de admisión si es necesario para determinar la elegibilidad del centro regional. Si es elegible para el centro regional, evaluación para ayudar con la planificación del programa. Elaboración del Plan de Programa Individual (PPI). Manejo de Casos/Coordinación de Servicios. Coordinación de servicios de discapacidad del desarrollo que pueden incluir: Servicios residenciales; Transporte; Servicios de Enfermería; Intervención de Conducta; Servicios médicos; programa de trabajo; Servicios Psicológicos; Respiro; Terapia física.

ELEGIBILIDAD PROVISIONAL

Un niño de tres o cuatro años de edad que de otro modo no sea elegible para los servicios del centro regional como resultado de una discapacidad del desarrollo será elegible provisionalmente para los servicios del centro regional si un niño tiene una discapacidad que no es únicamente de naturaleza física y tiene una limitaciones funcionales en al menos dos de las siguientes áreas de actividad principal de la vida según lo determine un centro regional y según corresponda a la edad del niño:

  1. Cuidados personales

  2. Aprendiendo

  3. Lenguaje receptivo y expresivo.

  4. Movilidad

  5. Autodirección

*Para poder procesar la admisión, SDRC debe ser contactado por el padre o tutor legal de un menor, el tutor o el adulto no conservado.

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